Emiten alternativas para reducir el impacto arancelario en las importaciones
· El decreto publicado el pasado 22 de abril contempla un aumento temporal para la importación de diversas mercancías clasificadas en 544 fracciones arancelarias
Tras la publicación del “Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación”, los empresarios tienen alternativas para disminuir el impacto del incremento en los aranceles.
Así lo indicó el Dr. Octavio de la Torre de Stéffano, presidente del corporativo TLC Asociados, quien recordó que el decreto contempla el aumento temporal de los aranceles de importación para diversas mercancías clasificadas en 544 fracciones arancelarias de la TIGIE (Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación).
“Existen algunas alternativas que tienen los importadores para disminuir el pago del impuesto general de importación de las mercancías, que son objeto de las operaciones de importación en nuestro país”, anotó.
Entre dichas opciones, dijo, están el identificar las fracciones arancelarias de las mercancías sujetas al incremento de los aranceles en las importaciones; conocer si las mercancías se destinan al régimen de importación definitiva o temporal, incluyendo los programas de diferimiento de arancel.
Así también, revisar las exenciones de los aranceles en las importaciones temporales de acuerdo con los beneficios de los programas IMMEX, por ejemplo, la modalidad de servicio del programa IMMEX.
Además, se pueden revisar los beneficios arancelarios del esquema para empresas de la frontera cuando se destinen a la franja o región fronteriza o zona libre de Chetumal.
“Las empresas localizadas en la franja o región fronteriza autorizadas por la Secretaría de Economía tienen la posibilidad de gozar los beneficios arancelarios en las importaciones definitivas para 1,318 fracciones arancelarias”, expuso.
De ese total, agregó el abogado fiscalista, 1,117 están desgravadas del IGI; 193 fracciones se encuentran sujetas a la tasa del 5% de advalorem; 2 son sujetas a cupos; y otras 6 están exentas, únicamente, para la importación de vehículos automotores usados para desmantelar.
El Dr. Octavio de la Torre mencionó que otra alternativa es verificar, con base en el origen de las mercancías, la posibilidad de aplicar los beneficios arancelarios de los acuerdos o tratados de libre comercio.
Asimismo, utilizar los programas de promoción sectorial de acuerdo con la producción de bienes finales, y examinar los beneficios arancelarios que otorgan los permisos previos de importación (regla octava).
“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar y promover el cumplimiento en operaciones de comercio exterior”, finalizó. Para más información sobre este y otros temas de comercio exterior, puede escribir al correo: tlc@tlcasociados.com.mx.
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