Exhorta Arhitac a facilitar tiempo a trabajadores para participar en la consulta de Revocación de Mandato
*La reforma a los artículos 132 y 204 de la Ley Federal del Trabajo ya fue aprobada, pero no ha sido publicada, por lo que aún no es vinculatoria.
Ante la consulta ciudadana de Revocación de Mandato que se realizará este 10 de abril, la Asociación de Recursos Humanos de la Industria de Tijuana (Arhitac) hizo un llamado a sus afiliados a estar pendientes de lo que se publique en el Diario Oficial de la Federación y a facilitar el tiempo a sus trabajadores para participar en dicho proceso.
Lo anterior lo indicó el Lic. Enrique Maldonado, socio de Ishino, Esquer y Armada, S.C., quien estuvo como invitado en la junta mensual de socios de la Arhitac, que preside la Mtra. Mayra Amezquita.
El tema del expositor se denominó “Obligación patronal ante el ejercicio electoral de la Revocación de Mandato”, en el que aseguró que, hasta esta mañana, las empresas no están obligadas a otorgar permiso a sus empleados para ausentarse de sus labores con el fin de participar en el proceso de revocación de mandato, pues la reforma a la Ley Federal del Trabajo que fue aprobada por las cámaras de diputados y de senadores, no ha sido publicada en el Diario Oficial de la Federación.
El experto, quien forma parte del Comité Laboral de Arhitac, argumentó que de acuerdo con el artículo 74, se concede el día de descanso a los trabajadores cuando ocurra un cambio de poder y elecciones populares, sin embargo, la revocación de mandato no está considerada como tal.
En ese sentido, mencionó que los artículos 132 y 204 de la Ley Federal del Trabajo hablan sobre conceder el tiempo necesario a los empleados para acudir a las urnas, únicamente cuando se trata de elecciones populares, aunque las empresas deben estar pendientes de la reforma que ya se sabe incluirá la obligación de conceder permiso a los trabajadores para participar también en las consultas para revocación de mandato.
Por otro lado, el Lic. Enrique Maldonado anotó que, hasta este momento, los únicos permisos con goce de sueldo que la Ley obliga a las empresas a pagar son en los casos de paternidad y cuando adoptan un infante.
“En virtud de que el proyecto de reforma que se conoce no especifica si el permiso debe de ser con o sin goce de sueldo, mi criterio es que puede darse un permiso sin goce de sueldo, sin embargo, cuando la norma no es clara, hay que recordar que la Ley Federal del Trabajo dice que siempre se debe interpretar a favor del trabajador, por lo que yo les sugiero estar pendientes de lo que se publique.”, expuso.
Mientras tanto, la Mtra. Mayra Amezquita, presidenta de la Arhitac, refirió que el llamado a los afiliados es a cumplir con lo que dicte la autoridad y, en caso de que se deba conceder el tiempo a los trabajadores, se les facilite sin afectar las operaciones de los centros de trabajo.
“Hemos estado consultando con nuestro Comité Laboral, conformado por especialistas de diferentes despachos, y revisando cuáles son las obligaciones que tenemos como empresas, y lo que en este momento sabemos es que no se ha publicado oficialmente el proceso”, señaló.
La dirigente recalcó que la invitación a las empresas es a que faciliten el tiempo a los colaboradores, aunque el de este domingo 10 de abril no es, precisamente, un proceso electoral.
Y es que, subrayó, alrededor del 30% de las empresas asociadas manejan turnos de fin de semana.
“No buscamos la promoción política ni hacemos campañas electorales, pero los colaboradores están en todo el derecho de ejercer su participación ciudadana”, finalizó.
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